La norma municipal consta de 41 artículos y regula desde el armado de graderías y los recorridos oficiales hasta la publicidad, los patrocinios y el control ambiental.
29/10/2026 9:40
Escuchar esta nota
El Carnaval de Oruro 2027 ya tiene un nuevo marco normativo. El alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro (GAMO), Iván Quispe, promulgó el Decreto Municipal N.º 453, que establece el Reglamento para la Organización de la máxima festividad folklórica de la ciudad.
El documento, de 47 páginas y 41 artículos, busca regular la planificación, organización y coordinación de las actividades carnavaleras, además de establecer procedimientos administrativos, medidas de seguridad y disposiciones para el uso de los espacios públicos.
El reglamento ratifica que la organización y programación del Carnaval de Oruro están a cargo de la Alcaldía y de la Asociación de Conjuntos Folklóricos de Oruro (ACFO), en coordinación con el Comité Departamental de Etnografía y Folklore de Oruro.
El artículo 1 establece que la normativa tiene por objeto regular la planificación, organización, gestión y coordinación de las actividades del Carnaval, así como definir procedimientos técnico-administrativos y alianzas estratégicas bajo criterios de transparencia.
Uno de los aspectos centrales del reglamento es la regulación de la infraestructura instalada a lo largo del recorrido carnavalero.
La norma contempla disposiciones para el armado de graderías, butacas y sillas, además de criterios relacionados con la seguridad, los recorridos oficiales y la programación de los ensayos.
También incorpora aspectos vinculados con los costos por metro lineal, el control de las actividades comerciales y las medidas que deben cumplirse durante el desarrollo de la festividad.
El objetivo es establecer reglas para la ocupación de los espacios públicos y el funcionamiento de los diferentes servicios durante uno de los acontecimientos culturales más importantes de Bolivia.
¿DÓNDE ESTÁ PROHIBIDO ARMAR GRADERÍAS?
El reglamento establece expresamente la prohibición de vender y armar graderías en la plaza del Folklore y en las inmediaciones del atrio de la Basílica Menor de la Virgen del Socavón.
Esta disposición alcanza a dos sectores emblemáticos de la celebración, por lo que su aplicación será uno de los aspectos que deberán observar los organizadores y los responsables de la instalación de estructuras para el público.
Otro de los puntos relevantes es la regulación de la publicidad y los patrocinios durante el Carnaval.
La norma establece disposiciones sobre el derecho a la imagen publicitaria, las autorizaciones para su uso y aprovechamiento, y la habilitación de espacios exclusivos para la publicidad institucional municipal a lo largo de la ruta.
Además, determina que la publicidad instalada en calles adyacentes al recorrido, principales vías de acceso a la ciudad y otros lugares turísticos debe contar con autorización expresa de la Secretaría Municipal de Economía y Hacienda, a través de la Dirección Tributaria y Recaudaciones y la Unidad de Espectáculos Públicos y Publicidad Urbana.
El reglamento también incluye disposiciones relacionadas con la gestión de residuos sólidos y el control ambiental.
Estos aspectos son importantes debido a la concentración de miles de personas durante las actividades carnavaleras y a la necesidad de mantener en condiciones adecuadas las calles y los espacios públicos utilizados durante la celebración.
La normativa incorpora, además, reglas sobre las actividades comerciales y otros aspectos operativos vinculados con el desarrollo del Carnaval.
El Decreto Municipal N.º 453 está disponible en la Gaceta Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, donde la población y los sectores involucrados pueden revisar el documento completo.
