La Resolución 0025/2025 permite a productores y empresas cargar diésel mediante una declaración jurada digital. El proceso: Se debe especificar la actividad, el volumen necesario y la ubicación en la web de la ANH.
24/12/2025 16:45
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En el marco del Decreto Supremo 5503, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) emitió la Resolución Administrativa 0025/2025, que habilita a los usuarios directos a cargar diésel mediante un registro previo con declaración jurada en línea.
La Resolución Administrativa 0025/2025, emitida el 23 de diciembre de 2025, establece que los usuarios directos podrán acceder a la carga de diésel tras realizar un registro mediante declaración jurada a través de la plataforma digital de la ANH, cumpliendo requisitos considerados sencillos.
Entre los datos requeridos se encuentra la presentación del carnet de identidad, el registro previo de la declaración jurada en el sistema habilitado, donde se deberá especificar la actividad productiva, el volumen mensual requerido, la estacionalidad del consumo y la ubicación de la actividad productiva.
Con base en la información proporcionada, la ANH asignará hasta tres estaciones de servicio cercanas al lugar donde se desarrolla la actividad productiva para la correspondiente carga de combustible.
La directora general de Regulación de Comercialización y Redes de Gas Natural, Norka Corrales, advirtió que la información consignada en la declaración jurada debe ser veraz, ya que su falsedad puede derivar en sanciones administrativas y penales.
“La declaración jurada constituye información fidedigna; si alguien miente, habrá consecuencias que pueden derivar en acciones administrativas y penales”, afirmó.
Esta normativa era la que aguardaban los surtidores para iniciar la entrega de diésel a los usuarios directos, ya que anteriormente solo podían cargar quienes contaban con autorización específica a través de la tarjeta de control y solo tenían acceso a comprar 1.200 litros de diésel mensuales.
El registro se realiza a través de la página web oficial de la ANH (www.anh.gob.bo), en el enlace habilitado para consumidores de diésel.
Una vez efectuado el registro, el usuario deberá remitir, en un plazo máximo de cinco días hábiles, una versión impresa y firmada de la declaración jurada a la oficina de la ANH más cercana; caso contrario, el registro será eliminado.
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