La finalidad de la Ley es asegurar que las autoridades salientes entreguen toda la información necesaria a las autoridades entrantes, garantizando transparencia, continuidad en la gestión pública.
22/09/2025 10:25
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La Ley 1352 del 14 de octubre de 2020, establece la Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional de Autoridades del Nivel Central del Estado y Entidades Territoriales Autónomas, cuyo objetivo es garantizar que las autoridades salientes permanezcan en el país durante un lapso de tres meses tras concluir su mandato o ser destituidas, con el fin de rendir los informes correspondientes y precautelar los intereses del Estado.
De acuerdo con el Artículo 1, la norma establece que esta obligación alcanza a la presidenta o presidente, vicepresidenta o vicepresidente, ministras y ministros de Estado, Asambleístas Nacionales, Gobernadoras y Gobernadores, alcaldesas y alcaldes, Asambleístas Departamentales, concejales Municipales, además de las Máximas Autoridades Ejecutivas de empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales.
La finalidad de la Ley, detallada en el Artículo 2, es asegurar que las autoridades salientes entreguen toda la información necesaria a las autoridades entrantes, garantizando transparencia, continuidad en la gestión pública y evitando posibles actos de corrupción e impunidad.
Asimismo, el Artículo 4 señala que quienes incumplan esta disposición serán responsables penalmente. Para asegurar su cumplimiento, la Contraloría General del Estado remitirá a la Dirección General de Migración el listado de las autoridades obligadas a permanecer en el territorio nacional, tal como establece la disposición final única.
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