Tanto el sector público como el privado debe presentar ante el Ministerio de Trabajo la planilla del pago de aguinaldos impostergablemente hasta el martes 30 de diciembre.
01/12/2025 17:47
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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de un instructivo, recordó este lunes a todos los empleadores del sector privado y a las entidades del sector público la obligación de cumplir con el pago del Aguinaldo de Navidad correspondiente a la gestión 2025, conforme a las disposiciones vigentes y al instructivo emitido por esta cartera de Estado.
La institución precisó que el aguinaldo debe ser cancelado en los siguientes plazos impostergables:
19 de diciembre de 2025: fecha límite para el sector público.
20 de diciembre de 2025: fecha límite para el sector privado.
El Ministerio de Trabajo destacó que el pago del aguinaldo constituye un derecho adquirido de las trabajadoras y los trabajadores del país, y su cumplimiento es de carácter obligatorio para empleadores y entidades patronales.
Asimismo, recordó que el incumplimiento de esta obligación laboral dará lugar a las sanciones establecidas por normativa, incluidas multas y medidas administrativas correspondientes.
La cartera de Estado exhortó a empleadores e instituciones públicas a respetar los plazos y garantizar el pago oportuno, en favor de la estabilidad económica de las y los trabajadores durante las fiestas de fin de año.
Tanto el sector público como el privado debe presentar ante el Ministerio de Trabajo la planilla del pago de aguinaldos impostergablemente hasta el martes 30 de diciembre.
Mire el instructivo del Ministerio de Trabajo:
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