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Presentan auto constitucional que cesa la prórroga de magistrados del TCP  

Un auto constitucional emitido por el Tribunal Constitucional decide poner fin a la extensión de mandato decretada por ellos mismos. El auto se conoció mientras se desarrollaban una audiencia en su contra.

Foto: APG
Chuquisaca, Bolivia

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Un auto constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) puso fin a la polémica prórroga de mandato que los propios magistrados habían decretado meses atrás. El documento, el auto constitucional 0087/2025-O, fechado el 24 de noviembre de 2025, establece un plazo de 10 días hábiles para que los magistrados 'autoprorrogados' cesen definitivamente en sus funciones.

La publicación del auto se conoció mientras se desarrollaba una audiencia de acción popular en la Sala Constitucional Primera de Potosí, donde justamente se analizaba la legalidad de esa extensión de mandato, vigente desde 2023.

Durante la sesión, el representante legal del TCP anunció la presentación de un auto constitucional que disponía la finalización de la prórroga.

El abogado Talavera, representante legal del TCP, durante la audiencia virtual puso a conocimiento la presentación del auto constitucional 0087/2025-0 que modula la declaración constitucional 0049 de 2023 y dispone la finalización de la prórroga de magistrados.

El auto constitucional dispone la finalización de la prórroga de las máximas autoridades, para que sea considerado antes de tomar su decisión. Este Auto Constitucional establece el cese de la prórroga dispuesta”, explicó.

El fallo también ratifica la validez de todos los actos judiciales emitidos por las autoridades prorrogadas hasta la fecha, bajo los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Lo que establece el Auto Constitucional 0087/2025-O

  1. Finaliza la prórroga de las máximas autoridades que continuaron en funciones tras el fin de su mandato de seis años, según la DCP 0049/2023.

  2. Los afectados son:

    • TCP: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, René Yván Espada Navía, Isidora Jiménez Castro, Julia Elizabeth Cornejo Gallardo y Karem Lorena Gallardo Sejas.

    • TSJ: Ricardo Torres Echalar y Carlos Alberto Egüez Añez.

  3. Cese de funciones en 10 días hábiles, plazo destinado a despachar causas pendientes cuya fecha límite venza dentro de ese periodo.

  4. Todos los actos emitidos durante la prórroga quedan firmes y vigentes, garantizando seguridad jurídica para los procesos resueltos.

Imagen captura RR.SS.

 

 

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