02/12/2020 - 21:01

TSE recalca que no se necesita el certificado de sufragio para cobrar el Bono Contra el Hambre

El documento se exigirá durante los 90 días siguientes a la elección, únicamente para acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios y obtener su pasaporte.

Redacción

Red Uno de Bolivia

La Paz, Bolivia

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó la noche del miércoles que para el cobro del Bono Contra el Hambre no se necesita presentar en las entidades financieras el certificado de sufragio de las elecciones generales de 2020.

"El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informa que determinó que para el cobro del Bono Contra el Hambre, cuyo pago se realiza en las entidades de intermediación financiera, los beneficiarios no necesitan presentar el certificado de sufragio de las Elecciones Generales de 2020", indicó el Órgano Electoral en un comunicado público.

De acuerdo al artículo 154 de la Ley 026 (Régimen Electoral), el certificado de sufragio es el documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto. El documento se exigirá durante los 90 días siguientes a la elección, únicamente para acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios y obtener su pasaporte.

La tarde del martes el Bono Contra el Hambre comenzó a pagarse como una ayuda social frente a las necesidades que causó la pandemia de Covid19 en los sectores más vulnerables de la población. El objetivo es llegar a más de 4 millones de personas.

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