La norma amplía a seis meses la permanencia obligatoria de autoridades salientes y alcanza a cargos nacionales, subnacionales y ejecutivos que administren recursos públicos.
08/02/2026 11:15
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El Gobierno promulgó la Ley N° 1709, que amplía de tres a seis meses la permanencia obligatoria en territorio nacional de las autoridades que concluyan su mandato o sean destituidas, con el objetivo de garantizar la rendición de informes y precautelar los intereses del Estado.
La norma fue sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional y promulgada el 7 de febrero de 2026, según establece la publicación en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia.
¿A quiénes alcanza la ley?
La modificación de la Ley N° 1352 de 2020 establece que deberán permanecer en el país durante seis meses:
Presidente y Vicepresidente del Estado
Ministras y Ministros
Gobernadoras y Gobernadores
Alcaldesas y Alcaldes
Asambleístas nacionales y departamentales
Concejales municipales
Máximas autoridades ejecutivas de empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales
Objetivo de la norma
De acuerdo con el texto legal, la medida busca asegurar que las autoridades salientes estén disponibles para rendir informes a las nuevas autoridades, en el marco de la transparencia y la protección de los recursos del Estado.
La ley también dispone la abrogación y derogación de todas las normas contrarias, consolidando así el nuevo plazo de permanencia obligatoria.
Promulgación oficial
La Ley N° 1709 fue promulgada por el presidente Rodrigo Paz Pereira y entra en vigencia conforme a lo establecido por la normativa constitucional.
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