El abogado Roberto Orellana también alertó que el acreedor no puede amenazar ni extorsionar al deudor.
14/01/2026 10:47
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Durante el espacio Miércoles Jurídico del programa El Mañanero, se abordó un tema que genera constantes conflictos entre familiares, amigos y conocidos: los préstamos de dinero entre personas naturales y sus consecuencias legales.
El abogado Roberto Orellana fue el encargado de explicar qué dice la ley boliviana cuando alguien presta dinero y no se lo devuelven.
El presentador Ian Vega planteó la duda central:
¿Qué pasa cuando una persona le presta dinero a otra y esta no paga? ¿Puede ir a la cárcel?
Orellana fue claro al explicar que todo préstamo debe estar respaldado por un documento legal.
“Sin documento no hay préstamo y no se puede cobrar. Es elemental redactar un documento conforme al Código Civil, donde se identifique a las personas, el monto, el tiempo y el interés”, señaló.
El jurista aclaró que, aunque no se pacte un interés, la ley establece automáticamente un 3% anual, y si este se excede, podría configurarse un delito de usura.
Además, remarcó que el contrato debe estar reconocido ante notario de fe pública y debe contar con una garantía real, que puede ser un vehículo o un inmueble.
Cuando la deuda se paga por completo, también debe existir un documento de cancelación, para evitar dobles cobros o conflictos posteriores.
Orellana también alertó que el acreedor no puede amenazar ni extorsionar al deudor.
Finalmente, respondió a la pregunta más importante:
“La Constitución Política del Estado, en su artículo 117, establece que no existe cárcel por deudas en Bolivia. Por eso es vital exigir una garantía antes de prestar dinero”.
El espacio dejó en claro que prestar dinero sin respaldo legal es un alto riesgo, incluso cuando se trata de amigos o familiares.
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