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Segunda vuelta: Fechas, votantes habilitados e impedimentos, todo lo que debes saber

Miguel Callejas aclaró que sólo los ciudadanos habilitados que participaron en la primera vuelta podrán sufragar.

19/08/2025 8:47

Segunda vuelta: Fechas, votantes habilitados e impedimentos, todo lo que debes saber. Foto: RR.SS.
Bolivia

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El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz confirmó las fechas y los detalles clave para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, previstas para el 19 de octubre. En un diálogo con Miguel Callejas, vocal del TDE, se resolvieron dudas frecuentes sobre votación, inhabilitados y certificados de impedimento.

Fechas clave del balotaje

19 de octubre: Segunda vuelta electoral.

16 de octubre: Comienza el silencio electoral, tres días antes de la votación.

19 de septiembre: Sorteo de jurados y juradas electorales, ya que no se mantienen los mismos de la primera vuelta.

12 de septiembre: Inicio de campaña y propaganda electoral.

El calendario electoral no contempla un nuevo empadronamiento; solo participarán quienes estuvieron habilitados para votar el 17 de agosto, es decir, en la primera vuelta.

¿Quiénes pueden votar en la segunda vuelta?

Miguel Callejas aclaró que sólo los ciudadanos habilitados que participaron en la primera vuelta podrán sufragar. Esto significa que:

- La sanción por no votar se aplicará a quienes no participen en esta segunda vuelta, afectando su derecho a votar en futuras elecciones.

- Los ciudadanos inhabilitados en la primera vuelta mantendrán su inhabilitación.

- Quienes cumplieron 18 años después del 17 de agosto no podrán votar en esta segunda vuelta.

Jurados electorales

Se sortearán nuevamente los jurados y juradas para esta segunda vuelta. Su labor es fundamental para garantizar la transparencia del proceso electoral.

Certificados de impedimento

Los ciudadanos que no puedan votar por motivos justificados pueden solicitar un certificado de impedimento en el TDE, ubicado en la calle Andrés Ibáñez, de 8:30 a 16:30, con más de 10 ventanillas habilitadas. Los motivos válidos incluyen:

- Robo o pérdida del carnet de identidad, con denuncia policial.

- Enfermedad, con certificado médico correspondiente.

- Viajes dentro o fuera del país, con comprobantes de transporte.

El plazo para solicitar este certificado es de 30 días a partir del día siguiente de la elección.

Sobre la posibilidad de debates o encuestas, Callejas señaló que no están descartados, pero la decisión final corresponde al Tribunal Supremo Electoral (TSE). 

 

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