Este jueves, el Consejo de la Magistratura recibirá en Sucre la sentencia y los antecedentes legalizados del proceso contra el ministro de Justicia.
19/11/2025 23:50
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Luego de que el ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo, revelara en una conferencia de prensa que el ministro de Justicia, Freddy Alejandro Vidovic, no puede ejercer el cargo al tener una sentencia ejecutoriada, el presidente del Consejo de la Magistratura indicó que se espera la llegada de la sentencia condenatoria a Sucre para iniciar las investigaciones sobre las irregularidades del caso y el accionar del juez.
“Mañana (jueves) llega al Consejo de la Magistratura en Sucre la sentencia condenatoria y los demás antecedentes del proceso de manera legalizada (…) Puedo adelantar que la sentencia es del año 2015; sin embargo, la sentencia habría resultado en su parte final la aplicación de la suspensión condicional de la pena”, indicó el Baptista.
Según el presidente del Consejo de la Magistratura, esta resolución dispone que el actual ministro de Justicia no debía cumplir privación de su libertad; no obstante, destacó que existen varias irregularidades.
“Le conceden una suspensión condicional de la pena, pero no le dicen por qué tiempo debe ser cumplida y tampoco las condiciones (…) Esto es una falla porque ninguna persona debe estar condenada de manera indefinida y el juez no fue claro en su resolución”, argumenta Baptista.
Otra irregularidad que destaca la autoridad es que el juez no registró la sentencia en los registros penales, siendo una segunda falta de los funcionarios encargados de la ejecución.
En este sentido, Baptista señaló que investigarán el accionar del juez, debido a todas las irregularidades referidas en el caso.
Las frases destacadas:
“Según se establece en la Constitución del 2009, todos los ciudadanos en nuestro país pueden ejercer la función pública, siempre y cuando no tengan una pena condenatoria pendiente de cumplimiento; en este caso no hay una pena pendiente de cumplimiento”.
“Los jueces en el país están obligados a cumplir la ley, la Constitución y los tratados y convenios internacionales; si un juez se sale de esta circunstancia, debe ser procesado”.
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