La Resolución 01/2026 prohíbe a las juntas escolares pedir aportes para festejos y restringe su participación en asuntos pedagógicos.
06/01/2026 11:37
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El Ministerio de Educación prohibió de manera expresa que las juntas de padres de familia cobren cuotas para festejos, agasajos u otros gastos innecesarios en las unidades educativas del país.
La disposición está establecida en la Resolución Ministerial 01/2026, presentada este lunes, que fija las normas generales para la gestión educativa 2026 del Subsistema de Educación Regular, Alternativa y Especial, así como del Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional Técnica, Tecnológica y Artística.
Prohibido pedir dinero para festejos
La normativa señala claramente, en su artículo 70, inciso 3, que:
“Se prohíbe a la Junta Escolar de Padres y Madres de Familia o Consejo Educativo Social Comunitario solicitar a los padres de familia o tutores aportes para festejos, agasajos u otros gastos innecesarios”.
Esta disposición busca evitar presiones económicas a los padres y garantizar que la educación sea gratuita y libre de cobros irregulares.
Límites al rol de las juntas escolares
La resolución también establece que las juntas de padres no deben intervenir en asuntos técnicos pedagógicos, los cuales son de exclusiva competencia de la dirección de cada unidad educativa.
“Se prohíbe la participación de la Junta Escolar de Padres y Madres de Familia o Consejos Educativos Social Comunitarios en asuntos técnicos pedagógicos”, señala la norma.
¿Qué regula la Resolución 01/2026?
Además de estas prohibiciones, la normativa también:
Establece el calendario de inscripciones escolares
Define lineamientos para la gestión administrativa y pedagógica
Refuerza el rol institucional de directores y autoridades educativas
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