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¿Tienes que circular el día de la elección? Desde este sábado se podrá tramitar el permiso

El TSE habilitará su portal web para gestionar permisos de circulación, válidos durante la jornada electoral de segunda vuelta.

10/10/2025 20:08

Foto: Control policial en el día de elecciones (Archivo)
La Paz

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Del 11 al 15 de octubre, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitará su sitio web del Órgano Electoral para que la ciudadanía pueda gestionar, de forma virtual y gratuita, los permisos de circulación vehicular correspondientes a la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2025.

La medida se encuentra respaldada por el Instructivo TSE-PRES-SC N° 30/2025 y el Reglamento de Permisos de Circulación para Vehículos Motorizados Terrestres en Procesos Electorales, Referéndums y Revocatorias de Mandato.

La página web que se habilitará para este sábado es: https://plataformaciudadanos.oep.org.bo

 De acuerdo con el reglamento, el TSE está facultado para otorgar permisos a instituciones del Órgano Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, así como a organizaciones políticas de alcance nacional, embajadas, organismos internacionales y misiones de observación electoral.

Por su parte, los Tribunales Electorales Departamentales (TED) tienen la competencia de extender permisos a instituciones públicas, empresas privadas vinculadas a los sectores de seguridad, telecomunicaciones, transporte, hotelería, radiotaxis y funerarias, además de a personas naturales que participen en el proceso electoral.

Requisitos para la solicitud

La normativa establece distintos requisitos, entre los cuales se destacan: nota de justificación de la solicitud, debidamente firmada; fotocopia del RUAT del vehículo; fotocopia de la licencia de conducir vigente del conductor o conductora.

Asimismo, el reglamento dispone que no necesitan tramitar el permiso los notarios electorales, servidores públicos del TSE y de los TED, quienes deberán acreditar su función mediante la respectiva credencial institucional.

También están exentos del trámite los vehículos oficiales de la Policía Boliviana, Bomberos, Fuerzas Armadas, ambulancias públicas o privadas, vehículos de emergencia municipal y medios de comunicación, los cuales deberán portar la credencial vigente del medio o institución correspondiente.

Las autorizaciones de circulación vehicular serán entregadas entre el 16 y el 18 de octubre, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa electoral.

Finalmente, el TSE recordó que este permiso es el único documento válido que autoriza el desplazamiento de vehículos durante la jornada electoral, conforme al inciso d), parágrafo II, del artículo 152 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026).

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